Tribunales

Pedraz rechaza la nulidad del 'caso Gaslow' y asegura que no hay "ilegalidad o manipulación" de la UCO

La defensa pidió la nulidad al considerar que tanto la UCO como la Fiscalía habrían hecho un "caprichoso manejo" de las diligencias de otro procedimiento

El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha rechazado la nulidad la petición de nulidad de la causa conocida como 'caso Gaslow' solicitada por la defensa del exagente de la UCO, Juan Sánchez Yepes. El magistrado considera que el procedimiento "se ha desarrollado sin viso alguno de ilegalidad o manipulación” por parte de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil.

 

El investigado había planteado la nulidad de la causa al considerar que tanto la UCO como el Ministerio Fiscal habrían hecho un "caprichoso manejo" de las diligencias instruidas en otro procedimiento de hidrocarburos que se sigue en el Juzgado Central de Instrucción Número 6, para después continuar la investigación en el juzgado dirigido por Santiago Pedraz. La defensa aseguraba en su escrito que la UCO "clasifica" de modo arbitrario y en base a su propio y personal conocimiento la información que istra a cada procedimiento.

 

Al respecto, el juez ha respondido que "lo que no está en el expediente, no existe en el proceso", por lo que lo actuado fuera de un proceso judicial y que no consta dentro del respectivo expediente, no debe ser considerado por el juez. "Obviamente si este magistrado instructor lo hubiera detectado se actuaría en consecuencia", reza el auto.

La defensa sostiene que parte de la causa responde a un espionaje con fines políticos

Asimismo, el instructor rechaza la tesis de la defensa cuando defiende que el procedimiento responde a un espionaje con fines políticos, derivado de noticias de prensa y de la existencia de una conversación telefónica en la que se menciona al exasesor de José Luis Ábalos, Koldo García. "La prensa no está en la causa y el nombre de Koldo (o Bonilla) no significa nada, por mucho que sean conocidos a nivel mediático", sentencia. 

 

El juez explica que, si la defensa considera que el procedimiento del Juzgado de Central de Instrucción Número 6 y el juzgado que dirige el conocido como 'caso Gaslow', deberían haberse seguido en uno solo acumulado, lo que tendría que hacer no es plantear la nulidad, "si no seguir los cauces procesales adecuados que son los de plantear la inhibitoria o declinatoria". "No hay vulneración de derecho fundamental alguno ni infracción de norma esencial de procedimiento, pues en lo que respecta a las presentes diligencias se ha seguido el debido proceso. En la presente causa ni el Sr. Yepes ni el Sr. García Pérez han sufrido indefensión alguna. Lo acontecido en las otras es cuestión que atañe al instructor de las mismas", advierte Pedraz.

 

 

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