Hay fontanerías y fontanerías. Primero, las chuscas de macarras y mamporreros, esas que nos divierten de cutres que son, y que nos trasladan a un espectáculo grotesco capaz de salpicar toda su grasa. Y otras más glamurosas, de chófer, toga planchada y coche oficial. Partamos de una base. La amnistía es inconstitucional. O lo era hasta que el presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido, ha decidido lo contrario por impulsos políticos inconfesables y no por razón jurídica alguna. Desde que la ponencia constitucional desechó en 1978 dos iniciativas para consentir las amnistías, y desde que la Carta Magna prohibió expresamente los indultos generales, nadie, absolutamente nadie, salvo ahora Pedro Sánchez y Conde-Pumpido, había planteado jamás su legalidad. Sencillamente, porque no había dudas. Es ilegal y punto.
El Gobierno que ahora promueve la constitucionalidad de la amnistía defendió hace apenas dos días exactamente lo contrario. Ahora el TC se dispone a consumar el desguace de la Constitución con tres argumentos eminentemente políticos, no jurídicos: el interés general vinculado a una excepcionalidad, el oportunismo político sobre la idea de fomentar la convivencia, y la sublimación del legislador sobre cualquier otro poder del Estado, atribuyéndole un plus de impunidad en el tratamiento de la ley.
La fontanería de Leire no pasa de un alicatado burdo junto al bidé. Lo del TC sí es fontanería industrial, de esas que te cambia las cañerías del Estado para que la porquería fluya como debe fluir, líquida, sin obstrucciones y sin que se vea
Sostener que todo aquello que no esté expresamente prohibido en la Carta puede estar permitido es una anomalía interpretativa que abre una puerta peligrosa. La Constitución no prevé la destitución de un monarca. Ergo, al no estar prohibida, podría ser permisible si una mayoría del Congreso así lo decidiese. Si por “interés general” el Congreso decidiese subir la actual cifra de 350 diputados a 450 diputados porque a los gurús cuenta-escaños de Moncloa les cuadra mejor otra distribución de escaños por provincias, ¿por qué no? La Constitución establece un mínimo de 300 y un máximo de 400. ¿Por qué, llegado el caso, no aumentar si lo aconsejan una excepcionalidad o el interés general? España ha superado por primera vez los 49 millones de ciudadanos. ¿Podría esto valer como coartada basada en un criterio de excepcionalidad? Después, ya el INE, el Gobierno en definitiva, se encargará de distribuir convenientemente los escaños allá donde más pueda atender al ‘interés general’. Solo basta con “interpretar” el censo a conveniencia de parte. Lo relevante no es invocar el ‘interés general’, sino quién determina qué es el interés general y se apropia de él.
Si la Constitución no prohibiese la pena de muerte, ¿podría instaurarse de modo sobrevenido en virtud de criterios de interés general? Llevemos todo el razonamiento al absurdo. ¿Podría la Constitución autorizar algo no previsto expresamente en su texto por la vía de la interpretación? ¿Algo que sí prohibiese una ley de rango inferior como el Código Penal? La pederastia por ejemplo. Evidentemente no. Sería una monstruosidad que a nadie se le ocurriría siquiera plantear. Pero en el terreno virtual y paralegal en el que nos instala el TC por primera vez, las consideraciones políticas disfrazadas de argumento técnico se imponen sobre las realmente jurídicas. Y eso no es isible en un régimen basado en el equilibrio y contrapeso de poderes. No es sólo el retorcimiento de la legalidad, sino la perversión misma del sistema.
Si el interés general, definido como tal por el capricho de un presidente del Gobierno capaz de confundir lo colectivo con lo particular, se convierte en el pegamento que todo lo soluciona, la subasta de la ley y la prostitución de los mecanismos que la articulan quedan a criterio subjetivo de un comisariado político
Si el interés general, definido como tal por el capricho de un presidente del Gobierno capaz de confundir lo colectivo con lo particular, se convierte en el pegamento que todo lo soluciona, esta subasta de la ley y la prostitución de los mecanismos que la articulan quedan a criterio subjetivo de un comisariado político. O mejor, de auténticos profesionales de otro tipo de fontanería. La elegante. De esas que no se reúnen en un bar de Leganés con micrófonos de juguete, como la tal Leire, sino en reservados de restaurantes con del Gobierno para determinar cómo burlar la ley sin que lo parezca. La secuencia es sencilla. Un presidente decide, una mayoría de diputados votan a favor de esa decisión subvirtiendo la legalidad desde la legitimidad de su escaño, un juez se opone en defensa de la aplicación de la ley real, y un TC sumiso sentencia que en un Estado de derecho ese diputado se impone al juez porque sí. Y ese es el momento en el que una democracia deja de ser democracia, pero manteniendo la apariencia de democracia. Con Pumpido al frente del diseño de esta anomalía perversa, la Constitución se ha empezado a convertir en un marco de acrisoladlas virtudes meramente decorativo que se puede moldear -malear- a base de empujones doctrinales contrarios a la lógica y obedientes a una orden política.
Si el TC atribuye un poder omnímodo al legislador, podría darse la circunstancia de que el Congreso dictase sentencias paralelas a las del poder judicial. ¿Sería factible con estos antecedentes que prepara el TC con la amnistía que se impidiese, por mayoría de voto popular, que se incumpla una sentencia?
El eje que atraviesa esta anomalía que consagra el TC para garantizar la impunidad es que el fin justifica los medios. Una amnistía debería basarse en un criterio político unánime, no en un chantaje. Debería incluir un arrepentimiento y un compromiso expreso de sus beneficiarios para no volver a incurrir en conductas lesivas contra el Estado. El interés general no puede avalar la comisión de delitos, que sigue siendo el fondo de la cuestión. La amnistía no está perdonando delitos. Esta amparándolos, compartiéndolos. Reforzándolos.
Doctrinalmente, todo es más grave de lo que parece. Atribuyendo un poder omnímodo al legislador, podría darse la circunstancia de que el Congreso, por mayoría, dictase sentencias virtuales y paralelas a las del poder judicial. ¿Sería factible con cualquier invento del TC que el Congreso impidiese que se cumpla una sentencia? De corrupción sanchista, por ejemplo. Un juez condena, después ordena ejecutar la sentencia… y al final el Congreso vota que no se ejecute y que se despoje al juez de su autoridad conferida por la Constitución. Lo que viene siendo una suerte de dictadura parlamentaria. Esta sentencia me favorece, cúmplase. Esta no, vótese que no se cumpla. Oiga, pero eso que usted dice es una barbaridad. ¡Cómo va a ocurrir eso! ¡Entonces dejaríamos de ser un Estado de derecho! Ya. Pero si algo permiten los ventanales que se dispone a abrir el TC con sus fabulaciones pseudo-jurídicas, su constructivismo y su aborregamiento político, es echar a volar la imaginación. Y para el sanchismo, la imaginación no tiene límites.
Sostener que todo aquello que no esté expresamente prohibido en la Carta puede estar permitido es una anomalía interpretativa que abre una puerta peligrosa. La Constitución no prevé la destitución de un monarca. Ergo, al no estar prohibida, ¿podría ser permisible si una mayoría del Congreso así lo decidiese?
Fontanería es el creacionismo jurídico para justificar con argumentos políticos lo que la ley impide. Fontanería es modificar el sistema penal para amputar la acusación popular. Fontanería es atribuir a un fiscal dependiente de un gobierno la investigación de las causas penales en las actuales circunstancias. Fontanería es modificar el sistema de a las carreras judicial y fiscal para elegir selectivamente a jueces o fiscales de la cuerda que se limiten a obedecer sin pestañear órdenes del presidente del gobierno de turno. Fontanería es que un fiscal general pueda destruir pruebas a plena luz del día. La fontanería de Leire no pasa de un alicatado burdo junto al bidé. Lo del TC sí es fontanería industrial, de esas que te cambia las cañerías del Estado para que la porquería fluya como debe fluir, líquida, sin obstrucciones y sin que se vea. Y con toda la escombrera bien limpita.
Señora, pues esto ya está. Le he dejado la instalación como nueva. Ya no huele a cañería.
antoniocrespomovella
09/06/2025 08:35
Nuestro sistema del 78 se basa en un "buenismo mojigato”, No recoge la posibilidad que un amoral, un fatuo patán llegase al poder. Un enfermo d egolatría. Es evidente que el sistema político que nos hemos dado en 1978 no es operativo cuando permite que un cuerpo extraño como este fatuo ególatra ponga en jaque a una sociedad de casi 49 Mill. de habitantes. Permitiendo que un enfermo de narcisismo, un Maduro en potencia, sin preparación intelectual e infinita ambición ponga en juego nuestro futuro, ¿Qué es lo que ha fallado? ¿Cómo ha podido colarse en el sistema un agente destructivo, una especie de virus o bacteria virulenta, que se va extendiendo por el organismo y poniendo las instituciones democráticas al servicio de una autocracia cleptocrática y nepotica? El cuerpo político español es hoy un organismo enfermo que trata de combatir una pandemia sin tener claro el remedio. Quedan sanos, pero no se sabe cuánto tiempo podrán resistir los embates del virus.Debemos estudiar los defectos de nuestra estructura institucional, política y jurídica, construida sin duda con excesivo optimismo y buena fe en tiempos de la Transición, pero que ha dejado demasiadas grietas y puntos débiles por donde se ha infiltrado el virus.SI. hay culpables: El TC, y sobre manera los millones de VOTONTOS que apoyan a este fatuo patán, CÓMO MUEREN LAS DEMOCRACIAS», de Steven Levitsky y Daniel Ziblatt, profesores de Harvard que han dedicado un par de décadas al estudio de la caída de democracias que se consideraron consolidadas. La conclusión de los autores es que las democracias ya no acaban en golpes de Estado o revoluciones, tipo Pavía, Martínez Campos o Primo de Rivera en España, sino que sufren un derribo pausado, enmascarado, de las instituciones fundamentales con singular acoso al SISTEMA JURÍDICO. . . . . . . . . Y MEDIOS DE COMUNICACIÓN, . Así se desemboca en las autocracias y en las fórmulas más nocivas de un populismo. Estamos ante un AUTENTICO GOLPE DE ESTADO a la justica, el TC, NO PUEDE ANULAR SENTENCIAS DEL TS. Esperamos que esto no quede así.
Bambarlos
09/06/2025 09:11
Me encanta leerle, señor Marín. Escribe muy bien y sin faltas, algo que su plantilla no hace. Le pido que vigile la ortografía de sus colaboradores. Ninguno revisa sus textos antes de publicar y da la impresión de que a alguno le han regalado el título de periodista.
Pepe Perez
09/06/2025 09:41
Vivimos de facto en una dictadura desde 1985 cuando Guerra se cargó la división de poderes. De hecho, vivimos en una dictadura desde el asesinato de Carrero Blanco por parte de la Cia con un rey que lo primero que hizo, fue regalar el Sáhara español y después, montar una "democracia" devenida en el latrocinio total. Solo hay que fijarse en lo que nos dan a cambio de nuestros impuestos. Y cada día menos. Esto no es democracia, siquiera con Aznar... Basta ya de tanto engaño.
polplancon
09/06/2025 10:42
La Macu, cateta refinada de Iznalloz que redacta al dictado del ogro de mirada torva que funge como Presidente del TC a las órdenes del Orco de La Moncloa. Son personajes deleznables, no solo indignos del sueldo público que se les paga sino merecedores del ostracismo social en grado superlativo. Millones de pleitos tengan y los pierdan todos con condena en costas.
pablorecre2007
09/06/2025 11:12
👏👏👏 gran artículo
Sinama-Pongolle
09/06/2025 11:15
Apague y vayámonos señor Marín. Entre fraudes, mentiras, engaños, corrupción, traición, destapemos de una vez a estos sinvergüenzas. Pd: Se nota mucho la mejora en la web, la calidad del contenido y la calidad en sus palabras concretamente. Viva España!
ses_
09/06/2025 18:44
Buen artículo
Atenea7
09/06/2025 20:29
Muy buen análisis, sr Marín. Magnífico. De acuerdo con que hay artículos bastante mal redactados en expresión y ortografía. Pero usted escribe perfectamente. Un saludo.
maria_
09/06/2025 21:14
Excelente análisis. España tiene que despertar y entender lo que está sucediendo. Excelente trabajo el de toda la redacción. Todos los artículos se leen claramente y se entienden a la perfección. Un saludo.
rrg000
09/06/2025 22:03
La amnistía no podía estar prevista en la Constitución de 1978 porque supone reconocer un fallo en el sistema jurídico impropio de un Estado constitucional y democrático de Derecho, como el que se proclamó con su aprobación. Además, contraviene los principios constitucionales de igualdad y legalidad. La ley es de obligado cumplimiento durante su vigencia y todos deben cumplirla. La amnistía permite a una parte incumplir la ley. El derecho de gracia es una excepción, prevista en la Constitución. Su carácter excepcional llevó a la misma Constitución a prohibir su generalización, prohibiendo los indultos generales. La amnistía no está prevista en la Constitución. De existir en la Constitución esta se hubiera encargado de fijar las condiciones para su aplicación. Esas condiciones no existen en la Constitución. Son invención del Tribunal Constitucional.
yakur2000
10/06/2025 09:25
El Tribunal Constituciónal está al servicio de Pedro Sánchez, no es un Tribunal objetivo, es vergonzosa la actuación de Conde Pumpido, ese mequetrefe vendido a los traidores socialistas. Los integrantes de este tribunal que han permitido la amnistía a los golpistas deberían ir a la cárcel de por vida. Tiempo al tiempo.... Nosotros el pueblo tomaremos el poder para restaurar la Democracia.
suqui
10/06/2025 16:41
Magnífico análisis Sr. Marín, me encanta leerle.