Tribunales

La jueza señala el mismo "patrón" delictivo en el aforamiento de Gallardo y la colocación del hermano de Sánchez

La instructora advierte al TSJ de Extremadura de un posible "fraude de ley" en el aforamiento de Gallardo

  • Miguel Ángel Gallardo -

La jueza Beatriz Biedma ha elevado una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de Extremadura para que decida si asume la competencia respecto al líder del PSOE extremeño por su papel en la creación de la plaza del hermano de Pedro Sánchez. La titular del Juzgado Número 3 de Badajoz deja en manos del tribunal autonómico el 'caso David Sánchez', si así lo considera el órgano, después de que Miguel Ángel Gallardo jurara el acta como diputado de la Asamblea de Extremadura.

En el auto, al que ha tenido Vozpópuli, la instructora alerta al TSJ de Extremadura de un posible "fraude de ley" en el aforamiento de Gallardo que se produjo justo después de que se acordase el cierre de la instrucción y de que la jueza le procesara por tráfico de influencias y prevaricación. Bajo esta premisa, la magistrada sostiene que la maniobra del investigado para aforarse responde a un mismo patrón delictivo que puede verse en otras de las actuaciones investigadas.

Biedma describe que acceder a la Asamblea de Extremadura, tras la dimisión y renuncia de cinco personas "con la finalidad de conseguir el aforamiento, no sería sino otra muestra más del patrón de comportamiento investigado en el presente procedimiento", respecto a la figura del líder socialista. El objetivo es "conseguir un fin ilegítimo mediante el uso de mecanismos formalmente legales, utilizando las instituciones públicas en beneficio propio o de allegados". 

Papel de Gallardo en la creación del puesto del hermano de Sánchez

Entre estos "fines ilegítimos", además de obtener el aforamiento 'in extremis', la jueza señala también el papel del diputado autonómico en la creación del puesto del hermano de Pedro Sánchez y la posterior adaptación del mismo a sus "preferencias personales". La magistrada apunta que el puesto de Coordinador de las Actividades de los Conservatorios fue creado con la "finalidad de ser adjudicado a David Sánchez", una circunstancia que era conocida por los directores de conservatorios y en el Área de Cultura incluso antes de que el músico fuera formalmente candidato.

En este escenario la magistrada atribuye a Gallardo un papel principal, además teniendo en cuenta las comunicaciones intervenidas entre el hermano del presidente del Gobierno y el líder socialista que revelan una "relación estrecha" entre amos, entre las que destacan conversaciones informales entre ambos.

Tras llegar a Badajoz, a juicio de la instructora, el puesto se fue adaptando progresivamente a las preferencias de 'El hermanísimo'. "El puesto se fue adaptando a las preferencias personales y aspiraciones profesionales de David Sánchez", añade. En concreto, se le permitió teletrabajar y adaptar el puesto a su proyecto "Ópera Joven" en lugar de las funciones iniciales de coordinación de conservatorios, un cambio de funciones "de facto" que se intentó "disfrazar" de un mero "cambio de nomenclatura". 

Además de ciertas ventajas como la posibilidad de teletrabajar, David Sánchez consiguió el traslado a Badajoz de una de sus personas de confianza. Según la jueza, aunque Gallardo no estaría directamente implicado en la creación del puesto de Luis Carrero, considera que dicha creación fue por el deseo de David Sánchez y su influencia en la Diputación de Badajoz. 

Finalmente, respecto al aforamiento de Gallardo orquestado por el PSOE, la instructora considera que causará perjuicios a la tramitación de la causa porque, será "inevitablemente" objeto de dilaciones tras la peregrinación de la misma a órganos superiores, lo que también afectará al resto de partes intervinientes en el procedimiento. En este sentido, la magistrada Beatriz Biedma recurre a la jurisprudencia marcada por el Tribunal Supremo que considera que el llamado aforamiento "jamás ha de ser entendido como privilegio", sino como la "garantía de determinadas funciones –de aquellas especialmente relevantes- y de la propia sociedad y que sirve al bien común, conforme a los principios y mandatos constitucionales".

 

 

 

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